Iniciativa legislativa popular per una renda garantida ciutadana

martes, 19 de enero de 2010

Qué hacer ante un despido

Este artículo fue redactado con anterioridad a la reforma laboral de 2010 y algunas de las protecciones a los trabajodores y trabajadoras despedidos abusiva e inmotivadamente han quedado anulados.

Contacta con tu representante sindical para información actualizada.
Barcelona, 28 de septiembre de 2010


Relaciones laborales
A continuación os ponemos una miniguía con información de que hacer ante un despido.

Agradecemos a la Sección Sindical de la UGT en Atos Origin por el original, el que hemos intentado actualizar lo mejor posible a los últimos cambios legislativos.


Comunicación de despido:
La empresa intenta despedirte. Tienes derecho a solicitar la presencia inmediata del delegado del comité de empresa que tú quieras y, en el caso de ser afiliado, la de tu delegado sindical.

Ante la duda, se puede no firmar o firmar Recibí no conforme en el documento donde se indican las causas del despido para poder ejercer una posterior demanda. El tiempo límite para realizarla es 20 días desde la fecha de despido. Os aconsejamos firmar Recibí no conforme si no estáis conformes con las causas alegadas por la empresa. También es muy importante comprobar la fecha del documento, ante la duda, añadirla junto a vuestra firma.

No se debe aceptar el finiquito si no se está de acuerdo. Otros casos para no firmar el finiquito, o añadir texto que no vincule tu aceptación, sería cualquier motivo por el que no estés de acuerdo con la cantidad (demandas o subidas de convenio pendientes, error en el cálculo). Como el finiquito se trata de una liquidación de cantidades así como de la relación laboral, no debéis firmarlo de ninguna manera si no estáis de acuerdo con él.