Iniciativa legislativa popular per una renda garantida ciutadana

viernes, 9 de diciembre de 2011

Executiva Catalunya

La nova executiva de la Secció Sindical Nacional de Catalunya de la UGT a Altran, després de la seva segona assemblea, realitzada el 24 de novembre de 2011, queda constituïda pels següents membres:
Secretaria General
Carles Muñoz Gorriz
Carles Muñoz Gorriz
Tlf.: +34 93 272 32 20
Ext.: Sense telèfon assignat
Secretaria d’Organització
Cristina Castejón Lasierra
Cristina Castejón
Tlf.: +34 93 272 32 20
Ext.: 6053
Secretaria d’Acció Sindical
Luz Marina Velasquez
Luz Marina Velásquez
Tlf.: +34 93 272 32 20
Ext.: 4051
Secretaria d’Igualtat i Comunicació
Renata de Oliveira
Renata de Oliveira
Tlf.: +34 93 272 32 20
Ext.: 6060
Secretaria de Salut Laboral.
Delegada LOLS
Neus Solano Jareño
Neus Solano Jareño
Tlf.: +34 93 272 32 20
Ext.: Sense telèfon assignat
 
La secció sindical és l’organització dels afiliats/des de l’UGT dins de l’empresa i defensa i representa a tots es treballadors afiliats o no al sindicat. Podeu contactar amb nosaltres via el nonstre compte de correo: fes.ugt.altran@gmail.com o via alguns dels telèfons de contacte.
 
Si ets afiliat/da i no tenim coneixements del fet si us plau poseu-vos en contacte amb nosaltres. Igualment us convidem a tots i totes a posar-vos en contacte per qualsevol dubte o necessitat que tingueu.

miércoles, 5 de octubre de 2011

domingo, 2 de octubre de 2011

Altran ¿Una de las mejores empresas para trabajar?

La revista actualidad económica publicó hace unos meses un reportaje sobre las mejores empresas para trabajar. En la que, sorprendentemente, Altran era la onceava mejor empresa española en la que trabajar.

Recientemente ha publicado esa misma revista, en su apartado de cartas al director, una carta de un compañero en la que pone en duda la calidad periodística y credibilidad de dicho artículo.

Comparto al 100% los comentarios expresados en esa carta y que podéis leer a continuación.

domingo, 3 de julio de 2011

Els Nostres Compromisos. Eleccions CE 2011 BCN

El darrer divendres vam estar repartint per les oficines centrals de Barcelona el tríptic amb els nostres objectius per els propers quatre anys.

Podeu llegir el se contingut en català aquí, i en castellà aquí.


sábado, 2 de julio de 2011

Nuestros compromisos. Elecciones CE 2011 MAD

El próximo día 7 habrán elecciones para miembros del comité de empresa en el centro de trabajo de Madrid, y un grupo de trabajadores hemos decidido presentar nuestra candidatura a dichas elecciones bajo las siglas de UGT.

Adjuntamos aquí los puntos que consideramos más importantes para los próximos 4 años, los cuales intentaremos sacar adelante apostando por la acción unitaria del comité de empresa como foro y medio más adecuado de representación de los trabajadores.


PD: También hemos intentado defender ante la mesa electoral la necesidad de que hubieran urnas itinerantes para facilitar el ejercicio del derecho a voto y reducir los costes de empresa. Sorprendentemente, nos hemos quedado solos defendiendo esta necesidad. Recuerda que puedes ejercer tu derecho al voto durante tu jornada de trabajo, el tiempo necesario de desplazamiento desde y hasta el cliente también es jornada efectiva de trabajo a todos los efectos.

viernes, 24 de junio de 2011

Inici de la campanya electoral

Avui s'inicia el procés de campanya electoral per l'elecció dels 17 membres del Comitè d'Empresa d'Altran Innovación al centre de treball de Barcelona.

Aquesta campanya electoral, que finalitza el proper dia 5 de juliol, al que seguirà una jornada de reflexió i culmina amb les eleccions del dia 7 de juliol (coincidint amb les eleccions al centre de treball de Madrid), es va iniciar fa unes setmanes amb la constitució de la mesa electoral, la publicació del cens i després amb la publicació de les candidatures.

Participar en les eleccions és un dret de tots els treballadors del centre de treball, dins dels límits marcats per la llei. El dret de votar s'ha de poder exercir dins la jornada laboral, el que inclou el temps necessari de desplaçament i, per descomptat, sense haver de recuperar hores. Per això la mesa electoral ha demanat que s'obri en el timesheet una opció per imputar aquestes hores.

En aquesta mateixa línia, també està ultimant els recorreguts de les urnes itinerants, per intentar facilitar la votació de la gent que estigueu desplaçats i estalviar costos a l'empresa. Creiem que en breu us farà arribar els itineraris previstos.

També volem aprofitar per recordar-vos que aquells que estigueu de vacances o per qualsevulla altra circumstància excepcional preveieu que no podreu exercir el vostre dret a vot, podeu demanar a la mesa el realitzar-lo per correu (procediment similar al de la resta d'eleccions).

Inicio de la campaña electoral

Hoy se inicia el proceso de campaña electoral para la elección de los 17 miembros del Comité de Empresa de Altran Innovación del centro de trabajo de Barcelona.

Esta campaña electoral, que finaliza el próximo día 5 de julio, al que seguirá una jornada de reflexión y culminará con las elecciones el día 7 de julio (coincidiendo con las elecciones en el centro de trabajo de Madrid), se iniciaron hace unas semanas con la constitución de la mesa electoral, la publicación del censo y después con la publicación de las candidaturas.

Participar en las elecciones es un derecho de todos los trabajadores del centro de trabajo, dentro de los límites marcados por la ley. El derecho a votar se ha de poder ejercer dentro de la jornada labora, lo que incluye el tiempo necesario de desplazamiento y, por descontado, sin tener que recuperar horas Por ello la mesa electoral ha pedido que se abra en el timesheet una opción para imputar estar horas.

En esta misma línea, también se están ultimando los recorridos de las urnas itinerantes, para intentar facilitar la votación de la gente que estéis desplazados y ahorrar costes a la empresa. Creemos que en breve se os hará llegar los itinerarios previstos.

También queremos aprovechar para recordaros que aquellos que estéis de vacaciones o que por cualquier otra circunstancia excepcional preveáis que no podréis ejercer vuestro derecho al voto, podéis pedirle a la mesa realizarlo por correo (procedimiento análogo al del resto de elecciones).

lunes, 7 de marzo de 2011

Sentencia del Tribunal Supremo sobre absorción de las subidas salariales en el complemento de antigüedad

Relacions laborals

Durante el último año, compañeros de diversas empresas del sector han llevado a los tribunales una práctica común también aquí:
Absorber las mejoras voluntarias con los incrementos de la antigüedad.

Pues estas sentencias se están resolviendo favorablemente para los trabajadores, como en el caso de la iniciada vía conflicto colectivo por los compañeros de los comités de empresa de Capgemini en Barcelona y en Valencia, dónde la sentencia 0009/2011 de la Audiencia Nacional dice:

«[...] la antiguedad, pues lo único que tal concepto retribuye es la permanencia en la empresa, lo que significa que no cabe aplicar, en este caso, la técnica de la absorción usada por la demandada. [...] La empresa no puede disminuir por absorción ningún concepto salarial en la misma cuantía que eleva la antigüedad [...]».


Podéis leer el detalle de la noticia aquí, así como leer el comunicado de la FeS-UGT.


Desde aquí nuestro agradecimiento a los compañeros de SOGETI, CAPGEMINI, ATOS y otras empresas del sector que han abierto esta puerta.

sábado, 5 de marzo de 2011

DONESUGT


La Secretaria d'Igualtat de la UGT de Catalunya, amb la coŀlaboració de la diputació de Barcelona, ha creat la web DONESUGT, amb l’objectiu de donar suport sociolaboral i jurídic a aquelles dones que tenen la necessitat de ser informades i assessorades sobre els seus drets i recursos en els àmbits laboral, social i familiar.

DONESUGT recull els recursos, les prestacions i els procediments legals existents que s’han de conèixer per a aconseguir la igualtat efectiva de les dones en tots els àmbits de la nostra societat. Es tracta d’un espai d’informació i assessorament adreçat no solament a dones amb necessitat de ser informades sinó també a qualsevol persona que tingui la voluntat d’orientar-les i ajudar-les.

lunes, 20 de diciembre de 2010

Si acompañas a tus hijos al médico debes saber…



Desde la UGT entendemos que no existe ninguna duda: «Es un deber inexcusable» de los padres llevar a los menores de edad al médico, lo cual implica el derecho de los trabajadores a utilizar el tiempo necesario, como permiso no recuperable.

Como recordaréis la empresa envió un correo el 23 de Agosto de 2010 con el título «Fecha límite de disfrute de vacaciones» y que adjuntaba el procedimiento «Proceso de gestión y comunicación de ausencias y vacaciones» en el que, entre otras cosas decía que el «permiso para acompañamiento de familiares a visitas médicas será recuperable».

Pero el permiso para llevar a nuestros hijos a una consulta al hospital o al pediatra, está contemplado como retribuido.

En ese caso tu puedes ir al médico, puedes faltar el tiempo necesario para llevarle (no se te puede negar) y, ese tiempo o ese día, no lo tienes que recuperar ni tomarlo como día de vacaciones.


Evidentemente es tu decisión reclamar esto o dejar que la empresa continúe recortando nuestros derechos.

martes, 9 de noviembre de 2010

Respuesta del Gabinete de la Presidencia a la petición de retirada de la reforma laboral

Relacions laborals
Desde el gabinete de la Presidencia del Gobierno se han puesto en contacto con los impulsores de la campaña para contestar la petición. A continuación tenéis integro el correo que nos han enviado los promotores de la petición.

Si todavía no la has firmado, aún debes estar a tiempo.

viernes, 1 de octubre de 2010

Petición al presidente del gobierno para que retire la reforma laboral

Relacions laborals
Se ha creado en actuable.es una pretición para que el presidente del gobierno retire la reforma.

Hemos añadido un widget en el blog para facilitar la firma de esta petición:

Destinatario: Jose Luís Rodríguez Zapatero

Señor Presidente del Gobierno, Jose Luís Rodríguez Zapatero:

Después de las manifestaciones masivas del 29 de septiembre y de la huelga general que ha tenido bastante apoyo se muestra que la Reforma Laboral que se ha realizado tiene una contestación social.

La reforma laboral introduce medidas que debilitan la posición de los trabajadores frente a los empleadores. Desde el momento que existen cláusulas de descuelgue del convenio para pagar menos si se preveen pérdidas, pasando por despidos objetivos de 20 días, 8 de ellos subvencionados por el FOGASA (es decir por todos los trabajadores), si también se preveen pérdidas que no son necesarias de demostrar.

Usted mismo reconoce que la reforma laboral no va a crear empleo y que es en respuesta a los propios mercados financieros y no figura ni en su propio programa electoral ni en sus propios principios y planteamientos que había sostenido hasta Mayo de este mismo año. Usted mismo no cree en esta reforma laboral.

El nivel de lesión para los trabajadores es mayor a la reforma laboral del gobierno del PP del 2002 que su propio partido el PSOE y usted como diputado llevaron al Constitucional, por ello le solicitamos que como Presidente del Gobierno retire la Reforma Laboral y se plantee una negociación mucho más generosa y abierta con los agentes sociales.

No dudéis en firmarla y seguir con la presión.

martes, 28 de septiembre de 2010

La Ventana Sindical, (num. 38) «Especial Huelga General 29S»

Ya ha salido el número de septiembre de 2010 de La ventana sindical.

La ventana sindical es la revista digital del sector de las tecnologías de la Federación de Servicios de la U.G.T., podéis consultar los números anteriores aquí y aquí.

viernes, 17 de septiembre de 2010

Altran CIS BCN: Assemblea informativa Vaga General | Asamblea Informativa Huelga General


Us esperem el proper dimecres 22 a les 18:00 a la Assemblea Informativa del centre de treball de Barcelona d'Altran CIS que tindrà lloc a la Sala New York.



Os esperamos el próximo miércoles 22 a las 18:00 a la Asamblea Informativa del centro de trabajo de Barcelona de Altran CIS que tendrá lugar en la sala New York.

Com t'afecta la reforma laboral?

com tafecta 1

com tafecte 2

martes, 7 de septiembre de 2010

Consecuencias de la reforma laboral que nos quieren imponer



Contratación
 Las  contratas  y  subcontratas  pueden  seguir  utilizando  los  contratos  de  obra  o  servicio  para  atender  su actividad,  sin  necesidad  de  contar  con  plantillas  estables.  Se  ha  perdido  la  oportunidad  de  desvincular  el contrato de obra y servicio con las Contratas y Subcontratas, con lo que la temporalidad seguirá estando al orden del día ya que no se impedirá que se puedan formalizar sucesivos contratos de obra y servicio para atender sucesivas contratas y subcontratas.

El único contrato de carácter temporal que se retoca es el de obra o servicio, para limitar su duración a 3 años, o a 4 –si el Convenio Colectivo así lo determina‐. Transcurrido este tiempo, si el trabajador continúa, es fijo. Un plazo que las empresas tendrán muy en cuenta.

No  se  evita  el  encadenamiento  de  contratos  con  distintos  trabajadores  para  cubrir  un  mismo  puesto  de trabajo. Por una parte se mejora el redactado del artículo 15.5 del ET para impedir el encadenamiento de dos  o  más  contratos  temporales  durante  más  de  24  meses  en  un  período  de  30  meses,  ampliando  el encadenamiento  a  los  contratos  formalizados  con  una  persona  trabajadora  aunque  sea  para  diferentes puestos de trabajo y para empresas diferentes pero integradas en el mismo grupo de empresas. Además, no se  ha  dado  una  respuesta  satisfactoria  al  encadenamiento  de  los  contratos  en  el  caso  de  diferentes trabajadores desarrollando el mismo puesto de trabajo.

EJEMPLO: Un trabajador es contratado por obra en un servicio determinado. Su contrato puede ser resuelto antes de tres años aunque no desaparezca el servicio puesto que de seguir, la empresa debería reconvertirlo en indefinido. A este trabajador se le podría indemnizar desde 8 a 12 días por año trabajado.
El  incremento  de  la  indemnización  por  finalización  de  contrato  temporal  no  es  ni  inmediato  ni  inminente: seguirá siendo de 8 días por año, para todos los contratos que se celebren hasta 2012. A partir de ese año, se irá aumentando a razón de 1 día en cada año (9 en 2012, 10 en 2013, 11 en 2014). Sólo los contratos que se celebren en 2015 gozarán de una indemnización de 12 días por año. Tiene una extrema gradualidad, que no corta de raíz con el problema.

Casualmente, y como veremos más adelante, esta indemnización de 12 días será la misma que pagarán las empresas por despido procedente de las personas con contrato de fomento de la contratación indefinida (20 días con un descuento de 8 días que lo asumiría el fondo de garantía salarial).

Se fomenta la contratación temporal inicial por las amplísimas posibilidades de conversión de los contratos temporales  en  contratos  de  fomento  de  la  contratación  indefinida.  El  contrato  temporal  va  a  ser  un auténtico  periodo  de  prueba.  En  el  Sector  de  Contact  Center  los  contratos  por  obra  o  servicio  tienen  la duración del servicio, pudiéndose dar la situación de llevar años (más de cuatro en muchos casos) siendo de obra y servicio. En el caso de finalizar la obra la indemnización siempre es de 8 días.

Se apuesta por la desaparición del contrato indefinido ordinario. La ampliación generalizada de los colectivos con los que se puede suscribir el de fomento de la contratación indefinida convierte a este contrato en el ideal para el empresario por las enormes ventajas que le ofrece y los menores derechos de los trabajadores: indemnización de 33 días (en lugar de 45), de la que el empresario sólo paga 25 aunque no exista causa para el  despido.  Además,  se  potencia  la  contratación  temporal  a  modo  de  contrato  en  período  de  prueba  del Contrato de Fomento de la Contratación Indefinida.
 
Despidos
Se facilita el despido objetivo que lleva aparejada una indemnización de 20 días, de los que el empresario sólo se hace cargo de 12 días (los otros 8 el FOGASA).

Se abre la puerta a otra modalidad de "despido Express" derivada del reconocimiento de la improcedencia de  la  extinción  del  contrato  por  causa  objetiva  por  parte  del  empresario,  que  a  pesar  de  que  la indemnización es de 33 días de salario por año (máximo 24 meses), supondrá una disminución de los costes empresariales  derivados  de  los  salarios  de  tramitación  y  cotizaciones  que  se  ahorrará.  Hasta  ahora,  los empresarios  prefieren  utilizar  el  disciplinario  e  improcedente  (45  días  por  años  con  un  máximo  de  42 mensualidades) para que el procedimiento sea más rápido que el objetivo, por lo que el igualar el coste de la indemnización no parece estimular el contrato de fomento de la contratación indefinida, sino que lo que se haría sería reducir el coste del despido generalizando la indemnización a 33 días año (máximo 24 meses).

Especialmente  grave  resulta  la  modificación  de  la  calificación  del  despido  objetivo:  sólo  será  nulo  el  que vulnere  derechos  fundamentales,  libertades  públicas  o  esté  relacionado  con  el  embarazo  o  derechos derivados  de  la  maternidad/paternidad,  o  violencia  de  género.  El  incumplimiento  de  los  requisitos  que  se exigen para proceder a este despido sólo provocará la improcedencia del mismo.

Una muestra más de la clara intencionalidad de excluir a los contratos indefinidos ordinarios para dotarlos de  un  papel  secundario  en  el  futuro  y  hacer  llegar  a  los  empresarios  un  mensaje  alto  y  claro  sobre  qué modalidad de contratación indefinida deben utilizar si quieren ver disminuidos los costes por despido.

Así,  el  empresario  podrá  invocar  causas  económicas  o  de  carácter  objetivo  inexistentes  que  el  mismo empresario podrá reconocer como improcedentes.


Pero no sólo eso, podríamos vernos despedidos justificadamente cuando concurran los siguientes supuestos:
  • Supuesto  económico:  Que  los  resultados  de  la  empresa  arrojen  una  situación  negativa.  Esto  en nuestro sector no es difícil en tanto siempre pueden afirmar que la reducción de servicios o el lento  trasvase de la actividad a sus empresas de servicios lo justifican, cuando no es por la presentación de ofertas por debajo del coste real.
  • Supuestos técnicos u organizativos o de producción: Tanto si se producen cambios en los medios, en las herramientas, en sistemas o métodos de personal, o un cambio en la naturaleza del servicio. La indefinición manifiesta que tiene la redacción del decreto, hace prácticamente justificado cualquier despido. 
EJEMPLOS: Modificación de los requerimientos o infraestructura del cliente (técnicos y/o de producción); modificación de los procedimientos de un servicio (organizativos y/o de producción).
 
Fondos de Capitalización
No  proporciona  ninguna  pista  sobre  su  régimen  de  financiación  ni  nos  da  ninguna  seguridad  sobre  si  su implantación va a generar futuros perjuicios a las personas trabajadoras, ya que no se determina los criterios del futuro desarrollo reglamentario. Este Fondo no estará operativo hasta el 1 de enero de 2012.

Movilidad geográfica
La flexibilidad del artículo 40 del Estatuto de los Trabajadores se sitúa en el plazo del  período de consultas, que pasará "de una duración no inferior a 15 días", a una duración "no superior a 15 días, improrrogables”. Se  permitirá  que  las  partes  sustituyan  este  período  de  consultas  por  un  procedimiento  de  mediación  o arbitraje. 

Modificación sustancial de las condiciones de trabajo
Se introduce la referencia "distribución irregular del tiempo de trabajo", de esta manera se desvirtúa lo que se entiende por modificación sustancial de las condiciones de trabajo y es particularmente grave, el permitir que las modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo se individualizan. Se desvirtúa el contenido del convenio o pacto colectivo y sitúa a la persona trabajadora en indefensión de una manera arbitraria por parte del empresario.
 
De momento no se han atrevido a cargarse la negociación colectiva, pero lo han hecho pasar por la puerta de la derecha. Llevar la flexibilidad salarial y horaria en el ámbito de la empresa es un misil en la línea de flotación  de  los  convenios  colectivos.  Las  personas  trabajadoras  y  su  representación  en  la  empresa  se encontrarán con el chantaje permanente, o bajamos salarios o despidos, o hacemos horarios a la carta que la  empresa  desee  o  despidos,  en  definitiva,  si  la  flexibilidad  sale  del  ámbito  de  la  negociación  colectiva sectorial será más precariedad laboral. 

Cláusula de inaplicación salarial
Se le allana el camino al empresario para no aplicar los incrementos salariales pactados en convenio.

Intermediación laboral
Las  agencias  privadas  de  colocación  ya  pueden  tener  ánimo  de  lucro:  la  privatización  ha  llegado  al desempleo. Con la reforma que propone el Gobierno, los servicios públicos de empleo renuncian a una de sus funciones y dejan la intermediación en el mercado de trabajo en manos de las empresas con ánimo de lucro,  agencias  privadas  de  colocación  y  empresas  de  trabajo  temporal  (ETT).  Además,  llegan  a  igualar  las competencias  de  las  agencias  privadas  de  colocación  en  los  servicios  públicos,  hasta  el  punto  que  las privadas pueden retirar la prestación de desempleo a una persona trabajadora.

Los servicios de empleo públicos rehúyen su responsabilidad en la intermediación en el mercado laboral y apuestan  por  convertirse  en  simples  administraciones  que  autorizan  agencias  privadas  de  colocación  en lugar de reforzar una intermediación pública de calidad.

Está  por  ver  cómo  se  concretará  la  colaboración  entre  los  servicios  públicos  de  empleo  y  las  agencias privadas de colocación y de qué manera se evitará que la intermediación de los servicios públicos de empleo se reduzca a  la de ocupaciones de baja cualificación para personas con escasas posibilidades de inserción, creando  un  sesgo  entre  la  intermediación  privada  (trabajos  altamente  calificadas  para  perfiles  fácilmente insertables  en  el  mercado  de  trabajo)  y  la  intermediación  pública  (reservada  para  colectivos  con  pocos recursos  o  en  riesgo  de  exclusión  social  y  trabajos  poco  cualificadas).  En  definitiva,  supone  que  la intermediación privada absorba los trabajos altamente calificadas para perfiles fácilmente insertables en el mercado de trabajo y la pública la reserva para colectivos con pocos recursos o en riesgo de exclusión social y trabajos poco cualificados.

La  privatización  de  la  intermediación  laboral  pone  en  peligro  la  garantía  de  una  intermediación  pública, gratuita y universal, que vele por la igualdad de oportunidades en el acceso al mercado de trabajo y la no‐discriminación.

ERE ́s de suspensión y reducción de jornada
No será necesario tener en cuenta el número de personas trabajadoras la empresa ni el número de personas afectadas por los despidos colectivos cuando se plantee una suspensión de contratos.

Además, ¿en qué plano queda la Formación? Los procesos de suspensión o reducción se producen porque las empresas están en una situación crítica y no se han hecho previamente las mejoras necesarias antes de llegar  a  esta  situación.  Es  la  última  oportunidad  para  hacer  las  mejoras  tecnológicas,  productivas  y adaptarlas, mediante la formación, a las personas trabajadoras para tener un mínimo de futuro. 

La  disminución  temporal  de  entre  un  10%  y  un  70%  de  la  jornada  de  trabajo  por  causas  económicas, técnicas,  organizativas.  De  esta  forma  pueden  obligar  a  ir  al  paro  durante  periodos  concretos  a trabajadores cuando se estime necesario ante una serie de situaciones.
EJEMPLO: Periodos de interproyecto en los que podremos acabar en el paro hasta en un 70% de nuestra jornada, con todas las consecuencias que ello implica.


DEFENDAMOS NUESTROS DERECHOS
  • Porque despedir será más fácil y barato y, además, será subvencionado en parte con dinero público. 
  • Porque  la  reforma  va  a  permitir  que  se  haga  negocio  con  los  desempleados, legalizando las agencias privadas de colocación con ánimo de lucro.
  • Porque no se termina con la dualidad (fijos y temporales) del mercado laboral y aumentará la temporalidad. 
  • Porque como han reconocido todos, incluyo los que la defienden, no va a crear empleo.
  • Porque refuerza el poder del empresario para modificar unilateralmente las condiciones de trabajo (horarios, movilidad geográfica, funcional, etc,..). 
  • Porque dinamita la negociación colectiva, facilitando el descuelgue salarial y empeorando las condiciones de trabajo.
  • Porque pretenden eliminar la Negociación Colectiva en el ámbito provincial.
  • Porque han bajado el sueldo a los empleados de las Mutuas, a los empleados públicos y a los de las empresas públicas y, el año que viene, se lo van a congelar. La patronal ha tomado nota y lo va a intentar trasladar a todas las empresas.
  • Porque han congelado para 2011 las pensiones de nuestros mayores; lo que hará aumentar la población en situación de pobreza.
  • Porque no se suben los impuestos, ni a los ricos, ni a los poderosos; ni se persigue el fraude fiscal, ni la economía sumergida.
  • Porque exigimos que la banca devuelva el dinero público que ha recibido y se acabe con los especuladores financieros.
  • Porque quieren que desaparezca el modelo europeo del Estado de Bienestar y convertir nuestra sociedad en más injusta y más desigual. 
  • Porque nos quieren retrasar la edad de jubilación y endurecer los requisitos para acceder a una pensión.

POR UNA SALIDA DE LA CRISIS JUSTA Y EQUILIBRADA 
EL 29 DE SEPTIEMBRE: ¡¡¡HUELGA GENERAL!!!



lunes, 30 de agosto de 2010

10 Raons per fer la Vaga General

  1. Perquè les mesures que adopten empobreixen les classes populars, i, a més, ens diuen que ens hi hem d’anar acostumant perquè no hi ha una altra sortida!
  2. Perquè retallar la despesa pública dificulta la sortida de la crisi, afebleix el consum i augmenta les possibilitats d’enviar a l’atur més treballadors i treballadores!
  3. Perquè no han adoptat cap mesura per reduir l’atur, i en canvi proposen rebaixar el cost de l’acomiadament i que una part es pagui amb els nostres diners!
  4. Perquè congelen les pensions dels jubilats i tornen a amenaçar a endarrerir l’edat de jubilació als 67 anys!
  5. Perquè ens volen reduir el poder adquisitiu dels salaris amb congelacions i retallades com en el cas dels treballadors i treballadores dels sectors públics, mentre no s’atreveixen a fixar límits a les astronòmiques retribucions dels directius de bancs i les entitats financeres!
  6. Perquè volen convertir en negoci els nostres drets fonamentals com l’educació i la sanitat amb el desviament de recursos de l’escola pública cap a la privada i per la via del copagament!
  7. Perquè volen endarrerir (encara més) l’aplicació de la Llei de la dependència i limitar les prestacions d’atur!
  8. Perquè ens apugen els impostos als treballadors i treballadores i als bancs i mercats financers no els fan pagar cap cost per la crisi que han provocat!
  9. Perquè l’única fórmula que proposen per fomentar l’ocupació juvenil és facilitar els contractes temporals i precaris i donar més poder a les ETT!
  10. Perquè totes les mesures les han adoptat unilateralment, sense tenir en compte l’opinió de les organitzacions sindicals i socials. No volem acabar pagant sempre els mateixos! Els costos per sortir de la crisi els han de pagar els que l’han provocat!

Participa-hi!!! L'èxit de les Vages Generals
sempre han aturat les agressions als
Drets Laborals i Socials!